Como comentábamos en nuestro último post sobre Derechos sobre las imágenes, es importante que a la hora de utilizar imágenes de otras personas estemos seguros que su autor ha concedido las licencias necesarias para que podamos publicarlas libremente en nuestros posts. Hablábamos de las licencias Creative Commons, el sistema de licencias más extendido y bajo el cual podemos encontrar imágenes y tener la seguridad de no vulnerar los derechos de sus autores.
Como comentábamos en nuestro último post sobre Derechos sobre las imágenes, es importante que a la hora de utilizar imágenes de otras personas estemos seguros que su autor ha concedido las licencias necesarias para que podamos publicarlas libremente en nuestros posts. Hablábamos de las licencias Creative Commons, el sistema de licencias más extendido y bajo el cual podemos encontrar imágenes y tener la seguridad de no vulnerar los derechos de sus autores.
¿Qué es Creative Commons?
CC es una corporación sin ánimo de lucro que se fundamenta en la idea de que algunos autores pueden no querer ejercer todos aquellos derechos que les ofrece la ley. En definitiva, surgió como una oportunidad para facilitar a todos los creadores el “prestar” su obra.
¿Cómo funciona?
Creative Commons funciona mediante diferentes modelos de licencias para regular los derechos sobre una obra (p.e. una foto). Con una licencia Creative Commons el autor, que siempre mantiene sus derechos como autor, puede permitir a otras personas copiar, distribuir o incluso modificar su obra, simplemente bajo las condiciones que especifique la licencia.
¿Qué tipos de licencias CC existen?
Con las licencias de CC el autor simplemente debe decidir qué condiciones pondrá respecto del uso que se vaya a hacer de su obra, mediante la combinación de cuatro condiciones básicas.
Al establecer la primera de las condiciones, el reconocimiento, el autor simplemente nos pide que a la hora de utilizar la fotografía se mencione su nombre.
En este caso, el autor nos permite hacer un uso libre de la foto siempre y cuando no obtengamos un rendimiento económico por ella. Si mi blog es personal y no obtengo ningún beneficio no habrá problema. Ahora bien, si ofrezco publicidad en mi blog o tengo una tienda on-line no podré utilizar la fotografía.
Esta condición nos permite hacer un uso libre de la fotografía siempre y cuando no la modifiquemos (hacer una obra derivada), es decir, no alteremos su apariencia.
Esta última de las condiciones nos permite modificar y utilizar libremente la foto en nuestro blog, siempre y cuando ofrezcamos la obra resultante bajo la misma licencia que nos ha otorgado su autor. Es decir, si puedo coger la foto y modificarla y hacer uso comercial de la misma, una vez modificada y publicada en mi blog debo permitir que otros puedan utilizarla para modificarla de nuevo y para hacer uso comercial.
¿Qué tipo de licencias CC existen?
Jugando con la combinación de estas cuatro condiciones podemos obtener seis tipos diferentes de licencias Creative Commons. En el siguiente cuadro podréis entender de forma rápida lo que podéis hacer y lo que no si os encontráis con alguna de las seis licencias Creative Commons:
Es importante entender que todas las licencias Creative Comons son gratuitas y que van de más a menos libres. Es decir, si la fotografía que quiero utilizar contiene únicamente la condición de autoría significará que para hacer uso de ella únicamente deberé especificar el autor pero podré hacer un uso comercial, hacer obras derivadas…etc.
¿Cómo accedo a fotografías con licencia Creative Comons?
Para obtener fotografías con licencia CC para utilizarlas en tu blog, es tan sencillo como ir a la propia web de Creative Commons. Una vez allí, encontrarás un acceso directo a un buscador de obras con licencia CC donde podrás incluso especificar bajo que condiciones básicas quieres que esté la fotografía que quieres utilizar.
Otros populares buscadores de Imágenes, como Google Images o Flickr cuentan con la opción de filtrar nuestras búsquedas para mostrar solamente imágenes con las licencias CC que hemos visto.
Como podéis ver, hoy en día tenemos muchos medios para poder utilizar fotografías de otras personas de una forma correcta, fácil y sin infringir los derechos de autor. Os animo a que investiguéis el gran mundo de los Creative Commons y visitéis los otros post en los que hablan de este tema: Derechos de imagen en redes sociales y Mi tienda online: como cumplir con las obligaciones legales.
Este post ha sido redactado por Nuria, de My Cookies and Shoes, puedes encontrarla aquí: Blog / Facebook / Twitter / Instagram
Muy interesante! la verdad que he oído alguna vez sobre los Creative commons pero no me quedaba muy claro como funcionaban. Mil Gracias Núria.
Núria, super interesante el post. A veces estas cosas parecen demasiado complicadas, pero con un mínimo esfuerzo creo que es la mejor manera de compartir en internet, que al final es de lo que se trata. Ojalá más gente se anime a ponerlo en práctica.
Fantástico post. Muy ilustrativo. Me encanta la forma que tienes de presentar los temas: claridad y precisión. Con la información justa y necesaria para entender y saber un poquito más cada día.
Lo cierto es que recuerdo perfectamente el día en el que me presentaron a las “Creative Commons”. Hasta ese día para mí, “CC” significada “Cuerpo Consular”. Recuerdo que estaba en Duke University, USA en una clase de IP/IT. Mi profesor era James Boyle (uno de los fundadores de las Creative Commons) y alli estaba él para abrirnos la mente. No lo podía creer. Por aquel entonces (2005/2006) era raro que hubieran autores que no buscaran sólo lucrarse, que quisieran compartir sus obras, que su obra beneficiara al resto, incluso que la gente mejorara sus obras! Increbile…
Con estos posts la verdad es que sacas a la luz un abanico de posibilidades que existen y sólo pueden beneficiarnos.
Felicidades!
Manuela
Manuela, que suerte poder asistir a una clase con el fundador de CC. Como indicas, el concepto de Creative Commons ha evolucionado mucho en estos últimos años y cada vez se entiende el beneficio que suple ofrecer una obra bajo estas licencias.
Mil gracias por tu comentario.
Un abrazo
La verdad es que no tenía ni idea so re los CC. He entrado en el link y hay muchisimas fotos y se entiende súper bien! Gracias por la info
No,tenia ni idea de como funcionaba, por lo tanto no es tan fácil utilizar las fotos de manera interesada.perfecta la explicación.
Me alegro que te guste el artículo. Un saludo.
Muchas gracias por toda la información!!! Y por tu manera de explicarlo!! Muy interesante! Saludos
Muchas gracias por este post, son cosas que interesan mucho pero que desconocía por completo.
Besos
Es información muy interesante y útil, gracias!
Como siempre muy interesante, cada vez es mad interesante este tema i mas cuando esta maravillosamente desarrollado.
Gracias
Gracias Nuria 🙂
Es muy interesante y es bueno saberlo! Tus posts van genial!! * *
mua
Por fin lo entiendo . Lo explicas genial , haciendo que parezca sencillo. Me encanta!!
Un besote
hola buenas tardes, mi pregunta es si se toma una foto con licencia cc y se le añade un texto y se publica en una pagina web, si un tercero te copia y publica esa foto modificada con tu texto añadido, exactamente igual que yo la he modificado, puedo reclamarle por propiedad intelectual?
muchas gracias