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La ley orgánica de protección de datos

Se trata de un tema delicado y que en los últimos tiempos ha empezado a cobrar una especial importancia por lo que me gustaría contaros un poco más sobre ella y en especial, como nos afecta. Si consultamos la LOPD, vemos que el objeto es el siguiente: “garantizar y proteger, en lo que...

La ley orgánica de protección de datos

Se trata de un tema delicado y que en los últimos tiempos ha empezado a cobrar una especial importancia por lo que me gustaría contaros un poco más sobre ella y en especial, como nos afecta.

Si consultamos la LOPD, vemos que el objeto es el siguiente:

“garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar”.

Dicho esto, empecemos por el principio.

¿Qué entendemos por datos personales?

Se entiende por datos personales cualquier información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a personas físicas identificadas o identificables.

Es decir que si en mi blog por ejemplo tengo un servicio de suscripción por email u otro tipo de registro o incluso si en mi blog existe la posibilidad de dejar comentarios (por lo general esa opción requiere ciertos datos de nuestros lectores) significa que recibo información de personas físicas identificadas o identificables por lo que es ese caso, estaré sujeto a las obligaciones que impone la LOPD.

¿Qué obligaciones tengo que cumplir?

La ley en cuestión, entiende que si recogemos datos de carácter personal (newsletter, comentarios…etc) adquirimos una serie de obligaciones:

1. Informar al usuario: debemos informar a nuestros usuarios que vamos a recoger sus datos además de explicar cómo los vamos a usar (que destino le daremos a esos datos) y solicitar su consentimiento expreso.

2. Guardar secreto: debemos garantizar que se van a tratar los datos obtenidos con confidencialidad.

3. Derecho a rectificación: debemos facilitar y garantizar el ejercicio de los derechos de oposición al tratamiento, acceso, rectificación y cancelación por parte de los usuarios.

4. Registrar el fichero en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD): Se trata de un trámite un gratuito y que podemos realizarlo mediante el propio formulario que pone a nuestra disposición la propia Agencia Española de Protección de Datos.

A modo de ayuda, os adjunto el link del manual que ha publicado la AEPD para rellenar el formulario.

Para terminar, te animo a que pongas al día tu web o blog en lo relacionado con la Ley de Protección de Datos incluyendo esta información en tu política de Privacidad.

Si tienes cualquier pregunta no dudes en escribirme.

Este post ha sido escrito por Nuria, podéis encontrarla en su web, blog, facebook e instagram.

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3 respuestas a “La ley orgánica de protección de datos

  1. Muy interesante, justo estoy intentando ponerme al dia con estos temas y este artículo tan sencillo me ha ayudado a verlo más sencillo de lo que pensaba. Muchas gracias y enhorabuena por este blog!