Como hemos venido comentado desde hace tiempo, las imágenes juegan un papel fundamental a la hora de presentar un post. Pero con más y más necesidad de imágenes originales para ilustrar nuestro contenido, debemos tener en cuenta algunas cosas, para respetar los derechos de los demás y proteger los nuestros también , y por eso hoy os quiero hablar de los derechos sobre las imágenes.
¿Puedo usar fotografías que encuentro por Internet?
Es común pensar que podemos utilizar libremente cualquier imagen que encontremos en la red (por ejemplo de Google Images o Flickr) y publicarlas en nuestros blog, pero no es así. Independientemente de si se trata de un blog o web con pocas o muchas visitas, para utilizar una imagen necesitaremos “el permiso” de su dueño. Estos permisos son lo que conocemos como “licencias”. De lo contrario, estaríamos haciendo un uso ilegal de esa fotografía.
Sólo porque una fotografía esté en Internet, esto no la convierte automáticamente en pública y disponible.
Toda fotografía tiene un autor, alguien que la creó en un primer momento. La Ley de Propiedad Intelectual protege los derechos de todos esos autores.
¿Qué son los derechos de autor?
La Ley de la Propiedad Intelectual reconoce al autor de una fotografía por el simple hecho de realizarla. Esto básicamente quiere decir que sólo por hacer una foto, ya eres el autor de la misma. Y esta condición es de carácter irrenunciable: la autoría de una obra no se puede vender ni ceder.
Pero la ley le da al autor otros derechos sobre su obra, como el de cesión (derecho a “prestarla”), reproducción (derecho a “copiarla o replicarla”), comunicación pública (derecho a “mostrarla”) y transformación (derecho a “alterarla”). Estos son los derechos que se podrán ceder o vender, y son los que vamos a tener en cuenta cuando queramos utilizar una fotografía en nuestras publicaciones.
Foto: Ryan McGuire
¿Y cómo incluyo fotografías en mis publicaciones sin vulnerar derechos de autor?
Ha llegado el punto entonces de ilustrar un post respetando los derechos de autor. Tenemos las siguientes alternativas:
a. Hacer las fotografías nosotros mismos.
Mi recomendación inicial sería que intentéis hacer las fotografías vosotros mismos. No únicamente tendréis total tranquilidad de no estar utilizando fotografías de una forma ilegal sino que aportaréis a vuestro blog o web personalidad y creatividad que sin duda os ayudarán a diferenciaros del resto. Pero…¿y en los casos donde no encontremos o sea imposible “hacer” esa foto que buscas?
Foto: Nicola Perantoni
b. Utilizar las fotografías con los derechos cedidos.
Muchas veces te encontrarás en esa situación en que no puedes hacer tú misma esa foto que buscas. Pero los autores tienen la posibilidad, como hemos comentado, de ofrecer derechos sobre las mismas.
Es cierto que a mucha gente no le gusta que otras personas utilicen sus fotografías, por lo que las publican con el símbolo del copyright (©) o, lo que es lo mismo, bajo la frase de “Todos los derechos reservados”. Desde el punto de vista legal, cuando nos encontramos con una foto marcada así, no podemos hacer uso de ella a menos que el autor nos dé su permiso expresamente por escrito.
Pero también hay una enorme cantidad de autores que no tienen problemas en “prestar” sus obras, bajo ciertas condiciones. En otros post veremos más en profundidad el mundo de las licencias que existen, pero el más común es el derecho de uso. Este se concede normalmente mediante licencias del tipo Creative Commons o similar. En principio, nos da la posibilidad de hacer uso de la imagen y el autor pondrá los límites del uso que podemos hacer. Lo más probable es encontrar imágenes con este tipo de licencias, donde el autor simplemente pide que, al usar su imagen, informemos que él es el autor de la misma, o al menos que informemos de dónde la hemos tomado. Sitios como Flickr o Google Images ya permiten filtrar esto en sus búsquedas, para que encontremos fotos con algún tipo de licencia.
Foto: Aaron Alexander
c. Acudir a los bancos de imágenes.
Finalmente, como hemos venido comentado en otros posts como los que ha escrito Carmina sobre Imágenes libres para descargar y Más fotografías libres y con estilo, existen bancos de imágenes libres de derechos sobre las imágenes que nos proporcionan fotos de gran calidad, específicamente creados a partir de imágenes licenciadas. De esta forma, garantizamos que las imágenes que vamos a utilizar tienen la respectiva licencia que nos permite hacer un uso libre y legal de la misma.
En resumen, al usar fotografías en nuestras publicaciones, debemos tener muy en cuenta los derechos que poseemos sobre las mismas. Intentaremos siempre usar fotos propias, aquellas fotos licenciadas, o las que podamos obtener de bancos de imágenes.
Más adelante veremos qué pasa cuando somos nosotros los autores, cómo proteger nuestros derechos y qué tipos de licencias podemos usar para nuestras imágenes. Puedes echarle un vistazo a otros post relacionados sobre los derechos sobre las imágenes y las licencias Creative Commons: Derechos de imagen en redes sociales, Mi tienda online, cómo cumplir con las obligaciones legales o Licencias Creative Commons: cómo utilizar imágenes de Internet sin vulnerar los derechos de autor.
Este post ha sido redactado por Nuria, de My Cookies and Shoes, puedes encontrarla aquí: Blog / Facebook / Twitter / Instagram
Un post muy interesante!
Me parece un post súper interesante, y más hoy en día que todo el mundo comparte fotos sin pensar mucho… Gracias!
Si, sobre todo cuando no cuesta nada reconocerle el mérito a la persona que se tomó el trabajo de crear algo nuevo! Igual creo que cada vez más la gente toma consciencia de estos temas.
Núria, me ha interesado mucho el post. La verdad es que tenía algunas dudas sobre este tema. En especial sobre el asunto de las licencias. También sería interesante ver como hago yo para proteger las mías. Me ha sucedido de ver mis fotos en otros lugares y no sé como actuar.
Gracias
Hola Laia, como comentas, es un tema bastante delicado. En próximos post os ayudaremos a conocer los modos en los que podéis proteger vuestras fotografías y que hacer en los casos en que os plagien.
Un beso
Nuria genial!
Es importante saber estas cosas. Te sorprende la cantidad de blog que hacen uso de imágenes sin tener autorización y sin mención alguna. Y cuando salen niños, como es en nuestro caso, es mucho más delicado.
A nosotras nos pasó con una de nuestros hijos en un blog bastante conocido…por suerte rectificaron en cuanto contactamos con ellos.
Isa
Gracias, un articulo muy bueno, como el tuyo anterior.
Espero sigas publicando porque son temas muy actuales i desarrollados divinamente.
Guauuu’ me ha gustado este articulo, no me habia planteado nunca este tema i creo que es muy interesante
Muchas gracias por el artículo Nuria,pero tengo una duda a ver si tu alguien que sepa me la puede solucionar
Yo suelo hacer carteles para mi club cuando organizamos diferentes actividades y a veces tengo que buscar imágenes para usarlas en éstos. El club no tiene ánimo de lucro, pero no tengo claro si eso se considera uso comercial y además los carteles tienen la finalidad de aparecer en las redes sociales del Club y de la Página web.
Al no ser un post, donde se puede poner debajo de la foto el autor, ¿es suficiente con poner el nombre en el propio cartel? y si hago modificaciones en la foto, ¿dónde lo puedo poner?
Normalmente me intento poner en contacto con el autor o hago yo misma las ilustraciones para no tener problemas. Me he mirado bastante las licencias de creative commons pero ya ves que hay un montón de cosas que se me escapan.
No sé si me he explicado muy bien o si estas cuestiones se salen del hilo del tema. Muchas gracias de todas formas!
Por cierto si alguna le interesa echar un vistazo la página de mi club es http://www.enrtestaciones.com
Buenas noches Marta,
Lo importante en primer lugar es que la foto que quieras utilizar esté bajo una licencia de uso, es decir, que el autor permita que hagas el uso que le pretendes hacer, es especial si pretendes modificarla.
Como comentaba en el post, existen muchos tipos de licencias pero en particular, las Creative Commons son muy claras a la hora de entender el tipo de licencia bajo el que se encuentra la fotografía en concreto (en futuros post trataremos el tema de las licencias para ayudados en este tema).
La cuestión de citar al autor, con que en pequeñito en un rincón cites la fuente hay suficiente.
Espero que mis comentarios te puedan solucionar tus dudas pero si te queda alguna pregunta, no dudes en contactarme.
Un beso
Nuria ¡ esta genial tener esta información … Esperamos más¡
Nuria. Es una info súper útil. Estoy deseosa de saber más!
Me encantan estas colaboraciones. Cada día aprendemos alguna cosa. Un 10 para Nuria!!
Un post súper útil e interesante! Muchas gracias!!! ***
Núria, gracias por compartir esta info. Es muy útil e interesante! No siempre cuando utilizamos fotos pensamos en si podemos o no usarlas. Pero después de tu post habrá que empezar a hacerlo…
Muy interesante Nuria!
Lo cierto es que pensaba que con citar la fuente, el autor era suficiente! Por lo que estaré más atenta al tipo de “protección” que Indica el autor…
Gracias!!!
Manuelis
Chicas, muchas gracias por vuestros comentarios. Me alegro que os gustará el post.
Un beso
Molt bon article, hi han aspectes q has citat que no hi havia pensat
Espero continuis aportant articles com aquests
Felicidades Núria!!!! Genial el post y muy muy útil. La verdad es que la información que facilitas es de gran interés y relevancia y no todo el mundo tiene el privilegio de poder acceder a un abogado que lo explique tan bien como tú.
La Perlis.
Muchas gracias Isabel por el comentario. Yo encantada de acercados el interesantísimo mundo de la Propiedad Intelectual!
Un beso!
Hola Nuria, muy buen articulo, me gusta mucho la manera que haces que las cosas complicadas parecen faciles.
Me gustaria saver si hay algun tiempo de caducidad en la propiedad de las fotografias
Un saludo
Buenas noches Maite,
Comentarte que sí que existe un plazo de caducidad. Aquí en España la protección se establece durante toda la vida del autor más 70 años después de su muerte.
Espero que la info te pueda ser de ayuda y si tienes cualquier otra duda o pregunta no dudes en escribir de nuevo.
Un abrazo.
Muy interesante y muy claro.
Pero me surgen dos cuestiones de matiz:
1- Si la imagen no lleva la © visible ¿se puede usar?
2- ¿Basta con la © ó se debe incluir “todos los derechos reservados” ?
Y una tercera, pero para otro tema: ¿qué pasa cuando en la foto aparecen personas que posan para la misma? ¿qué derechos tiene el autor?
Gracias.
Hola Paco,
Comentarte que independiente que la foto tenga el símbolo del Copyright o no, no quiere decir que la podamos usar. El autor lo es por el simple hecho de hacer la fotografía y como tal se le reconocen los derechos correspondientes. En ese caso, si hay una fotografía que te interesa, es necesario que averigues si tiene licencia o no y si puedes hacer uso de ella. Si no te queda claro, siempre puedes mandarle un mail al autor y preguntárselo directamente.
En relación a la segunda pregunta, y según lo dicho en la primera, con el símbolo del Copyright hay más que suficiente porqué tal y como te comentaba, no es necesario para que se reconozca la autoría de una foto indicar el símbolo.
En relación a tu tercera pregunta y viendo que bastante gente me ha preguntado sobre este tema, comentarte que trataremos la cuestión en profundidad en un futuro post pero te adelanto que si tú haces la fotografía tú eres el autor. Otro tema es que las personas que salen en ellas te cedan los derechos de imagen en atención a lo que pretendes hacer con ellas.
Espero que la información te resulte de utilidad. Si tienes cualquier otra duda, escribe de nuevo y estaré encongada de ayudarte.
Un abrazo.
Si, gracias por tu respuesta, ahora lo tengo bien claro.
Espero tu post sobre los derechos de imagen.
Saludos.
Un tema muy interesante y, sin duda, muy cuestionado… Gracias, quedo a la expectativa de la cesión de uso de imagen, que también es un mundo; he buscado información y es, hasta en ocasiones, contradictoria. Felicidades por el post
Interesante tema:
y tengo una pregunta. Yo pertenecía a un foro donde a veces subía mis fotos, y cuando las veía, no solo las mias, en todas las fotos salía una marca de agua con el nombre del foro, y nada en relación al autor, aunque se “suponía” que el que la había enviado era el autor. y lo único que hacía en mi opinión era estropear la foto, para mi gusto. Además, si alguien se la descargaba, seguía con la dichosa marca de agua.
¿Qué opinión os merece este trato a unas fotos que no son del foro?
Espero que alguien no me diga que en la letra pequeña al subscribirte al foro, les cedes tus derechos.
Un saludo.
Buenos días Nuria, una pregunta, el copyright de las fotos que comentas también es para las redes sociales? porque yo no publico en blog fotos sino en una página de fans de facebook que eso he visto que lo hacen muchas otras páginas y no pasa nada. “tiene un poco más de libertad las redes sociales”?
Hola buenas tardes!os hago una pregunta,quisiera comenzar a vender mis fotografías pero al haber leído vuestro post me ha hecho pensar un poco,y no quiero que sean de derechos libre de autor,dónde podría encontrar una página fiable sobre este tema?muchas gracias por el post y por la ayuda ya mencionada sobre el tema.
Buenas tardes Jonathan:
Quizás puedes echar un vistazo a la web Stocksy, que se dedica a vender fotografías de muchos profesionales con derechos de imagen. Seguro que explican bien el procedimiento.
Un abrazo
Buenas,
Me quedo con una duda.
¿Puedo usar libremente una fotografía de 1900, siempre que no esté en venta en una web dedicada a ello?
Muchas gracias
Tengo una duda, mi profesor publicó una foto suya en el blog del colegio y yo le hice captura para hacer un sticker de whatsupp, el cual no era ofensivo, mi profesor dice que es ilegal y que me va a denunciar, quería preguntar si es ilegal y, de ser así, cual sería el castigo.
Gracias!!